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Primer plano de juez sosteniendo un mazo.

La UE contempla retrasar hasta 2039 las medidas contra pesticidas y otras sustancias peligrosas en las aguas

La UE contempla retrasar hasta 2039 las medidas contra pesticidas, PFAS y otras sustancias peligrosas en las aguas.

 
Algunos de estos tóxicos, como los PFAS o “tóxicos eternos”, pueden atravesar los sistemas de depuración y de tratamiento del agua potable urbana y llegar a nuestros grifos.

Hogar sin Tóxicos y Ecologistas en Acción han dirigido una carta[i] al Ministerio de Transición Ecológica instándole a defender ante la Unión Europea que se controle cuanto antes la presencia de una serie de sustancias químicas peligrosas en las aguas, como algunos pesticidas, los PFAS (compuestos perfluorados y poliflurorados conocidos como “contaminantes para siempre” por su alta persistencia y carácter bioacumulativo) y diversos productos farmacéuticos. Reclaman así al Ministerio que se oponga a la postura actual del Consejo de la UE[ii], que pretende retrasar el control efectivo de la presencia de estos compuestos en las aguas hasta 2039. El tema se debatirá este mes dentro de los diálogos tripartitos entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea[iii].

Tal y como explica Carlos de Prada, responsable de la iniciativa Hogar sin Tóxicos, que colabora con la European Environmental Bureau (EEB) en la difusión de esta problemática, “esto no se debe permitir. Es importante que se controlen los tóxicos en el agua lo antes posible para evitar consecuencias negativas no solo sobre el medio ambiente, sino también sobre la salud humana, ya que algunas de estas sustancias, como los PFAS, pueden atravesar los sistemas de depuración y de tratamiento del agua potable urbana y llegar a nuestros grifos[iv]”.

Según Koldo Hernández, coordinador del área del agua en Ecologistas en Acción, “hablamos de contaminantes tóxicos que, a pesar de llevar mucho tiempo presentes en las aguas, habían escapado al debido control oficial y sin que se hayan acometido medidas adecuadas sobre ellos. Por ello, retrasar más de una década la obligación de que las aguas cumplan los requisitos de calidad química exigibles en relación a estos contaminantes críticos atenta contra la salud pública. El estado de contaminación actual de las aguas es tan preocupante que España debe ser uno de los Estados que lidere la toma de medidas de protección con la mayor premura, sin retrasarlo diez años más”.

Normas sobre aguas superficiales y subterráneas

En octubre de 2022, la Comisión Europea incluyó los contaminantes citados y estableció concentraciones máximas permitidas para ellos en su propuesta de actualización de las normas de calidad de las aguas superficiales y subterráneas[v]. Algo que los Estados miembros de la UE deben trasladar ahora a sus respectivos planes hidrológicos de las cuencas. Sin embargo, los Estados han presionado para eludir la obligación de adoptar medidas de control dentro de los próximos planes de cuenca (2028-2033), que ahora comienzan a elaborarse[vi], y pretenden posponerlas hasta el año 2039, pudiendo incluso ir más allá[vii]. Las medidas para combatir la polución con esos contaminantes podrían retrasarse para los siguientes planes de cuenca (2034-2039), y entre tanto los Estados solo estarían obligados a monitorizar su presencia en las aguas[viii].

Como insiste Carlos de Prada, “si el control de estas sustancias no se incluye en los próximos planes de cuenca, ello puede llevar a que no se adopten las debidas medidas para reducir su presencia, lo cual puede tener efectos negativos tanto en los ecosistemas como, por ejemplo, en la calidad del agua del grifo, favoreciendo que los europeos podamos seguir expuestos innecesariamente y durante mucho tiempo a tóxicos como algunos PFAS. Las autoridades deben escuchar la voz de la ciencia, como la de los más de 450 científicos que el pasado mes de marzo se pronunciaron para exigir medidas inmediatas contra los “químicos permanentes” y otros contaminantes en las aguas de la UE[ix]”.

Los PFAS han sido asociados en multitud de estudios con efectos negativos sobre el sistema inmunitario, además de sobre el desarrollo, el hígado, el peso al nacer y el aumento del colesterol sérico[x]. Han sido vinculados[xi] a cánceres (por ejemplo, cáncer de riñón y testicular), infertilidad o enfermedad tiroidea. Preocupa la capacidad de muchas de estas sustancias de afectar al sistema hormonal (disrupción endocrina), lo que hace que puedan tener efectos a concentraciones bajísimas.

Un listado de contaminantes desactualizado

Según la Agencia Europea de Medio Ambiente, “solo un tercio de aguas superficiales de la UE se encuentran en buen estado químico[xii]”. Sin embargo, esto no revela el alcance real de la contaminación, ya que la lista de contaminantes que se analizan para evaluar ese estado químico es limitada y está desactualizada[xiii]. Buena parte de las sustancias tóxicas que realmente están presentes en las aguas no está siendo controlada.

Así, por ejemplo, un informe reciente del Centro Helmholtz de Investigación Ambiental encontró más de 500 sustancias químicas nocivas en cursos de agua de toda Europa, y el 41% de las muestras contenían entre 51 y 100 sustancias químicas diferentes[xiv]. Por ello es importante que se incremente el número de compuestos cuya presencia debe ser controlada. La UE tiene la obligación de ir actualizando las normas cada seis años, incorporando nuevas sustancias prioritarias. Algo que lamentablemente no suele cumplirse del modo debido, ni en el calendario ni en el número de sustancias nuevas que se incorporan. Las últimas actualizaciones se realizaron en 2013 (aguas superficiales) y 2014 (aguas subterráneas).

Otro aspecto preocupante que se denuncia es que, aprovechando el proceso de actualización de sustancias prioritarias que controlar, también se ha intentado de manera improcedente debilitar con exenciones algunos aspectos básicos de la propia Directiva Marco del Agua que establecen la obligación de no deteriorar las masas de agua[xv]. Desde hace tiempo diferentes países han intentado socavar pilares fundamentales de la Directiva Marco del Agua para permitir una mayor contaminación de ríos y acuíferos[xvi], rebajando los criterios para que una masa de agua se considere en buen estado[xvii]. Actualmente, por ejemplo, menos del 10% de las aguas superficiales de Flandes (y de los Países Bajos) se encuentran en buen estado ecológico según la Directiva Marco del Agua[xviii]. Rebajar las exigencias de la Directiva permitiría dar una mejor imagen, con más bajo porcentaje de incumplimientos formales, aunque la contaminación siguiera existiendo en la misma o mayor medida.

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[i] https://www.hogarsintoxicos.org/es/contenido/descargar-carta-ministros/

[ii]https://www.consilium.europa.eu/en/press/press-releases/2024/06/19/surface-water-and-groundwater-council-agrees-negotiating-mandate-to-update-list-of-pollutants/

Mandato del Consejo https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-11383-2024-INIT/en/pdf/ 

[iii] El 17 de junio, está previsto que los representantes de las instituciones de la UE se reúnan para el tercer diálogo tripartito político. Los representantes permanentes adjuntos de los Estados miembros se reunirán el 4 de junio para preparar la reunión del diálogo tripartito.

[iv] La Federación Europea de Asociaciones Nacionales de Servicios del Agua (EurEau European federation of national associations of water services. https://www.eureau.org/), que agrupa a compañías que dan servicios de agua y saneamiento a cientos de millones de personas han advertido reiteradamente que existe una “imposibilidad de los operadores de agua de eliminarlos efectivamente del ciclo del agua urbano”. Los métodos actuales son insuficientes para eliminar adecuadamente los PFAS del agua potable y lograrlo con un mínimo de eficacia supondrían unos costos elevadísimos.

https://www.eureau.org/news/872-open-letter-urges-eu-commission-president-to-take-action-against-pfas-pollution?highlight=WyJwZmFzIl0=

https://www.eureau.org/doclink/eureau-to-president-von-der-leyen-pfas-fin/eyJ0eXAiOiJKV1QiLCJhbGciOiJIUzI1NiJ9.eyJzdWIiOiJldXJlYXUtdG8tcHJlc2lkZW50LXZvbi1kZXItbGV5ZW4tcGZhcy1maW4iLCJpYXQiOjE3MDk2NDI3MzIsImV4cCI6MTcwOTcyOTEzMn0.ApfNxBBgO7nmDzCrHvCOQsRVXbXXiYXoiXnVwPQY5Ao

Según EurEau: «la eliminación de las PFAS del ciclo del agua urbano causa una amplia gama de problemas para los proveedores de servicios de agua. Si bien existen tecnologías para eliminar la mayoría de las PFAS, son insostenibles, principalmente debido a su complejidad técnica, la intensidad de los recursos (agua, energía, productos químicos de tratamiento, etc.) y la generación de residuos que contienen PFAS».

https://www.eureau.org/priorites/pfas

https://www.eureau.org/resources/briefing-notes/5236-briefing-note-on-pfas-and-drinking-water/file

https://www.eureau.org/resources/position-papers/6094-position-paper-on-pfas-in-urban-water-dec-2021-update/file

[v] Proposal for a Directive amending the Water Framework Directive, the Groundwater Directive and the Environmental Quality Standards Directive. 26 October 2022

https://environment.ec.europa.eu/publications/proposal-amending-water-directives_en

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52022PC0540

https://environment.ec.europa.eu/document/download/6e618dec-c528-4ba8-8900-1e020eefe393_en?filename=Proposal%20for%20a%20Directive%20amending%20the%20Water%20Framework%20Directive%2C%20the%20Groundwater%20Directive%20and%20the%20Environmental%20Quality%20Standards%20Directive.pdf

La propuesta de la Comisión Europea recibió diferentes enmiendas por el Parlamento Europeo

https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2023-0302_EN.html

[vi]Con el inicio del trabajo del 4.º ciclo de Planes Hidrográficos de Cuenca (2028-2033)

[vii] Según EEB, existe la posibilidad de aplicar las exenciones ofrecidas por los artículos 4.4 a 4.9 de la Directiva Marco del Agua mediante la cláusula mutatis mutandis (enmiendas 4(aa) y 2(a)(iv) del Consejo). Esto significa que los Estados miembros podrían retrasar el cumplimiento para dos Planes Hidrográficos de Cuenca (PHC) posteriores, es decir, hasta 2051, bajo ciertas condiciones.

[viii]El Consejo apoya el inicio del seguimiento de los nuevos contaminantes para 2027, pero solo quieren la obligación de tomar medidas para frenar la contaminación de esas nuevas sustancias en los quintos Planes Hidrológicos de Cuenca (que abarcan los años 2034-2039 y que deben presentarse en 2033),en lugar de ya en los planes que se están preparando ahora (que abarcan los años 2028-2033).

[ix]https://www.freshwatersciences.eu/public/files/StatementofsupportforupdatedEUwaterpollutionstandards_21_03.pdf

https://www.freshwatersciences.eu/effs/index.asp?page=NEWS&Id=6&IdItem=293

[x]Comisión Técnica Científica de Contaminantes de la Cadena Alimentaria (CONTAM) de la EFSA; Scientific opinion on the risk to human health related to the presence of perfluoroalquil substances in food [«Dictamen científico sobre el riesgo para la salud humana derivado de la presencia de sustancias perfluoroalquiladas en los alimentos», documento en inglés)]. EFSA Journal 2020; 18(9):6223, https://efsa.onlinelibrary.wiley.com/doi/full/10.2903/j.efsa.2020,6223

[xi]https://chemsec.org/hungry-for-more-the-eu-limits-forever-chemicals-in-food-but-still-no-universal-pfas-ban-in-sight/#close

[xii]European Environmental Agency, Report No 9/202 (2021), ‘Drivers and pressures arising from selected key water management challenges – A European overview’.

[xiii]Actualmente esto solo se evalúa con respecto a 45 sustancias para las aguas superficiales, mientras que para las aguas subterráneas solo los pesticidas y los nitratos tienen estándares de calidad a nivel de la UE.

[xiv]Finckh et al. Mapping chemical footprints of organic micropollutants in European streams, Environment International. Volume 183,2024,https://doi.org/10.1016/j.envint.2023.108371

https://www.ufz.de/index.php?en=36336&webc_pm=10/2024

[xv]En concreto, preocupan las disposiciones del mandato del Consejo que pretenden reinterpretar y ampliar el alcance de las excepciones del Artículo 4(7), por ejemplo, eximiendo los eventos de contaminación temporal o las actividades de reubicación de sedimentos de la obligación de no deterioro de la DMA.

[xvi]https://open.overheid.nl/documenten/dpc-fd890c10e87936e10087eee74adb0d77fac33a05/pdf

https://open.overheid.nl/documenten/dpc-50ff6433af3572a602010af9fa691743e23feba9/pdf

[xvii]Se han distribuido a los Ministerios de Medio Ambiente dos documentos oficiosos apoyados por NL, DE, DK, FI y LU pidiendo aprovechar la actualización en curso de las listas de contaminantes y estándares de calidad en aguas subterráneas y superficiales (Propuesta de Directiva que modifica (Directiva Marco del Agua, Directiva de Aguas Subterráneas y Directiva de Normas de Calidad Ambiental de octubre de 2022) para introducir modificaciones en dos principios fundamentales de la Directiva Marco del Agua (DMA). Estos documentos oficiosos fueron iniciados por los Países Bajos.

[xviii]https://www.wur.nl/en/show-longread/bottom-of-the-class-for-water-quality.htm

https://www.cbs.nl/en-gb/society/nature-and-environment/green-growth/environmental-quality-of-life/ecological-status-of-surface-waters

https://www.iwa-network.org/filemanager-uploads/WQ_Compendium/Cases/The%20Flemish%20Decree.pdf